martes, 6 de octubre de 2015

España otorga la nacionalidad española a 4.302 judíos

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a 4.302 ciudadanos sefardíes, descendientes de los judíos que fueron expulsados en 1492.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha recordado que este jueves entró en vigor la ley que otorga la nacionalidad española a los sefardíes, pero ha subrayado que había una serie de expedientes que estaban siendo ya tramitados por su departamento y que se ha decidido no someterles a todo el proceso desde el inicio.

 "Se ha decidido agilizar la resolución y presentar 4.302 expedientes de concesión de nacionalidad por carta de naturaleza, siguiendo los trámites del Código Civil", ha explicado el ministro en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Con ello se evita que tengan que iniciar un nuevo procedimiento y repetir las gestiones ya realizadas para acreditar su pertenencia. Además, no tendrán que renunciar a la nacionalidad de origen, puesto que el real decreto se aprueba tras la reforma del Código Civil llevada a cabo en ese sentido.

Ese jueves entró en vigor la ley que concede la nacionalidad a los sefardíes, que va dirigida a los descendientes que fueron expulsados hace más de 500 años de la península y a los que fue arrebatada una ciudadanía a la que ahora podrán aspirar, acreditando su origen y su especial vinculación con España a través del conocimiento de la lengua y la cultura, aunque no tengan residencia legal en el país.

El ministro Catalá ha explicado que esa nacionalidad española, de acuerdo a la ley, se puede obtener por carta de naturaleza (aplicando circunstancias "excepcionales") o por residencia.

Mediante carta de naturaleza, ha añadido, concurren circunstancias "extraordinarias" para aquellos descendientes de quienes fueron expulsados por un edicto de los Reyes Católicos.

Estos 4.302 sefardíes ya habían iniciado su expediente antes del 1 de octubre a través de la acreditación de todos o algunos de los tres documentos exigidos para ello: justificación de su inclusión en las listas de familias sefardíes protegidas por España; justificación por apellidos, idioma familiar o indicios que demuestren su pertenencia a esta comunidad cultural; y certificado de la comunidad israelita reconocida en España.

En el plazo de 180 días desde la entrada en vigor de este real decreto los interesados tendrán que solicitar la inscripción en el Registro Civil de su domicilio, en este caso en el consulado español por tratarse de residentes fuera de España, con un certificado de nacimiento y otro de antecedentes penales del país de origen, además de jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, según la referencia del Consejo de Ministros.

Esta ley, aprobada el pasado mes de junio por el Parlamento español, establece que el procedimiento de nacionalidad será electrónico y que la solicitud se formulará en castellano e irá dirigida a la Dirección General de los Registros y el Notariado. La condición de sefardí originario de España podrá acreditarse con un certificado expedido por el Presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España, el cargo análogo de la comunidad judía de residencia o de la autoridad rabínica competente.

También servirá la acreditación del uso como idioma familiar del ladino o por otros indicios que demuestren la tradición de pertenencia a tal comunidad, como la partida de nacimiento o el certificado de matrimonio en el que conste su celebración según las tradiciones de Castilla. Se aceptará como prueba un informe motivado, emitido por una entidad de competencia suficiente, que acredite la pertenencia de los apellidos del solicitante al linaje sefardí de origen español.

20 minutos

3 comentarios:

  1. Por esa regla de tres los Europeos podemos adoptar la nacionalidad Rusa ya que surgimos alli hace miles y miles de años¡

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  2. O casi cualquier español podría pedir la nacionalidad en las antiguas colonias americanas ya que después de la independencia fueron expulsados miles de españoles

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  3. esto es peor incluso que la invaSIÓN de refugiados

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